El proyecto WIFI SOCIAL, iniciativa estratégica del Plan Director Santillana del Mar Destino Turístico Inteligente, recibe ayuda de 15.000€ de WIFI4EU

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El proyecto WIFI SOCIAL, iniciativa estratégica del Plan Director Santillana del Mar Destino Turístico Inteligente, recibe ayuda de 15.000€ de WIFI4EU

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles el nombre de 3.400 municipios europeos, de los cuales 510 son españoles, que recibirán una ayuda de 15.000 euros para financiar la instalación de conexiones ‘wifi’ gratuitas en espacios públicos como plazas, parques, museos, bibliotecas y centros de salud.

Estos apoyos se enmarcan dentro del Programa Wifi4EU, con el que la Unión Europea quiere apoyar la instalación de conexiones de alta velocidad en entre 6.000 y 8.000 municipios en todo el bloque comunitario, gracias a un presupuesto que ronda los 120 millones de euros para el periodo 2018-2020.

El proyecto WIFI SOCIAL SANTILLANA, Iniciativa Estratégica incluida en el Plan Director SANTILLANA DEL MAR DESTINO TURÍSTICO INTELIGENTE, diseñado y que está siendo implementado en el municipio por AMIO INGENIEROS, optaba a esta ayuda, que finalmente le ha sido concedida.

El ejecución del proyecto, adjudicada por el Ayuntamiento de Santillana del Mar a la operadora cántabra NETCAN TECHNOLOGIES, incluye:

  • 8 puntos de acceso situados en: zona Colegiata (2), plaza del Ayuntamiento (2), oficina de Turismo (1), parking de Rolaceña (1), parquin de Revolgo (1) y parking de Plaza del Rey (1).
  • Conexiones PPT a Red Troncal.
  • Portal de Acceso Personalizado.

Gracias a la puesta en marca de esta RED WIFI PÚBLICA, los ciudadanos y visitantes de la Villa de Santillana del Mar podrán disfrutar de manera gratuita, de una conexión de 30GB, que facilitará el acceso a los servicios que Santillana del Mar ofrece a sus visitantes.

Amio ingenieros recibe el encargo para colaborar en el desarrollo del Gran Plan 20 – 40 de San Miguel de Allende, GTO – MX.

Este proyecto es un ambicioso plan para establecer el rumbo y lineamientos del SMA del futuro, atendiendo a todas las vertientes, como son seguridad, desarrollo, social, desarrollo económico, entre otros.

El proyecto se define desde una perspectiva holística, buscando las relaciones entre todos los componentes de la ciudad, sin olvidar sus particularidades como el mejor destino de viaje del mundo por segundo año consecutivo, galardón que concede la importante publicación americana Travel & Leisure.  Además, recalcar la condición de Patrimonio de la Humanidad del municipio.

Para el desarrollo del proyecto, se tendrán en cuenta sus sectores clave como el ganadero, agroindustria y, por supuesto, el turismo.  Se analizarán las necesidades, programas vigentes, marco legal y se establecerán los proyectos relevantes para el municipio en todos los ámbitos, su orden, prioridad y modelo de financiamiento.

AMIO Ingenieros ya trabajó junto con SMA durante el proyecto de elaboración del Plan Director Guanajuato Destino Turístico Inteligente, realizado por encargo de la Secretaría de Turismo – SECTUR – del Edo. de Guanajuato.

El proyecto se desarrollará en dos fases, principalmente, comenzando en el presente mes de julio. Se prevé presentar los resultados del estudio durante el mes de octubre del presente año, una vez tome protesta el nuevo H. Ayuntamiento de San Miguel de Allende.

 

AMIO Ingenieros participa en el 4º Foro Global de Smart Cities.

Las «Ciudades Inteligentes» están basadas en la sostenibilidad y la implementación de las nuevas tecnologías en el desarrollo de la urbe.

AMIO Ingenieros participa en  el 4º Foro Global de Smart Cities, que se celebrará en París, Francia, los próximos 29, 30 y 31 de Mayo 2019.

Las diferentes conferencias que conforman el programa versarán, entre otros, sobre temas de interés como:

  • Políticas Públicas y Planeación.
  • Servicios Municipales.
  • Comunicación Ciudadana.
  • Desarrollo Sustentable de Turismo.
  • Transporte Sostenible.
  • Urbanismo Sostenible.

Para más información sobre este evento: foro.img.org.mx/

¿Conoces el Número DUNS?

Fuente: EmpresaActual.com

El Número DUNS ®  identifica de forma única en todo el mundo a una empresa o negocio, al mismo tiempo que las vincula dentro de una organización, creando un árbol de familias corporativas universal. Se trata de un identificador numérico de nueve dígitos, que conocemos como D-U-N-S® Number (Sistema de Numeración D&B de datos universales) o Número DUNS ®  para los hispanohablantes.

Para conocer en profundidad todas las ventajas -incluso solicitar de forma gratuita este código- visita: Número DUNS ®

Subvenciones a Actuaciones en Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética en Cantabria – Año 2019

Subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria – Año 2019
Subvención del Gobierno de Cantabria a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética para el año 2019

Esta línea de subvenciones está dirigida al fomento del uso de instalaciones de energías renovables mediante la aplicación de alguna de las siguientes tecnologías: Solar térmica de baja temperatura, Solar fotovoltaica, Minieólica, Biomasa térmica, Geotermia o Aerotermia, o para la implantación de medidas de ahorro y eficiencia energética mediante: Renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led y sistemas de control y regulación de la iluminación, Puntos de recarga de vehículos eléctricos y/o Microcogeneración.

Se subvenciona el coste de los equipos e instalaciones nuevos realizados por la persona solicitante entre:

  • El 1 de octubre de 2017 y el 20 de agosto de 2019, ambos inclusive, para la tecnología geotermia
  • El 1 de octubre de 2018 y el 20 de agosto de 2019, ambos inclusive, para el resto de tecnologías.

La cuantía de la subvención será igual al 40 % del coste subvencionable de las inversiones ejecutadas, excepto en solar térmica y renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led que será del 30%, excluido el IVA y demás impuestos derivados de la misma.

Todas las inversiones deben estar ejecutadas, facturadas y pagadas íntegramente dentro de dicho período.

Beneficiarios

Personas físicas mayores de edad con capacidad de obrar, personas jurídicas empadronadas o con residencia fiscal en Cantabria, o que sin tener residencia fiscal en Cantabria tengan al menos un centro de actividad en la Comunidad Autónoma, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

También podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE), según lo señalado en el Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso y la recuperación económica y el empleo.

Costes subvencionables

En general el coste de los equipos e instalaciones, con las especificaciones y limitaciones que para cada tecnología se establecen en la convocatoria.

Plazo y Lugar de Presentación

Plazo: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 20 de agosto de 2019

Presencialmente:

Registro Auxiliar de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio sito en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Electrónicamente:

Mediante el Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es«.

Registro Electrónico Común

Para más información sobre el funcionamiento del registro electrónico puede descargarse este manual o ponerse en contacto con el teléfono de Información Administrativa 012

Documentación a presentar

Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por la persona física o, en el caso de personas jurídicas, por la persona que ostente su representación legal, en el modelo que figura como Anexo I, acompañada de:

  • a) Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones determinadas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el modelo Anexo II.
  • b) Breve Memoria descriptiva firmada y sellada por la empresa que justifique y explique el objeto de las inversiones. En dicha memoria deberá indicarse expresamente el uso de la instalación (particular o actividad empresarial).
  • c) Emplazamiento concreto de la instalación o equipos objeto de subvención. Se deberá indicar una referencia que permita su localización exacta (dirección completa, coordenadas GPS, referencia catastral, etc.),
  • d) Fotos de vista general de las instalaciones y, en su caso, de las placas identificativas de los equipos.
  • e) Declaración en la que figure la identificación de la empresa que ha realizado la instalación según el modelo Anexo III.
  • f) Facturas detalladas justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la persona física o jurídica solicitante de la subvención en fecha comprendida entre el 1 de octubre de 2018, excepto para la tecnología geotermia que podrá ser desde el 1 de octubre de 2017, y el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive.La relación de facturas irá adjunta a una lista numerada de las mismas según el modelo Anexo IV.
  • g) Justificantes del pago total de las facturas, abonados totalmente por la persona física o jurídica solicitante de la subvención en fecha comprendida entre el 1 de octubre de 2018, excepto para la tecnología geotermia que podrá ser desde el 1 de octubre de 2017, y el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive.Los pagos deberán haberse realizado a través de entidades financieras y la fecha del pago será, a todos los efectos, la fecha de valor que figure en el correspondiente cargo o adeudo.Excepcionalmente serán admitidos los pagos en metálico cuando su importe individual o conjunto por proveedor no sea superior a 2.500 euros y siempre que estén acreditados mediante recibí del proveedor, con los siguientes datos: fecha del pago, sello, razón o denominación social, NIF o CIF de proveedor, firma, nombre, apellidos y D.N.I. de la persona que lo firma.
  • h) En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero o «leasing» se deberá presentar el contrato completo, incluida la factura o anexo que identifique totalmente el concepto, los justificantes de pago hasta la fecha y una declaración responsable de la persona física o jurídica ante la Consejería comprometiéndose a ejercer la opción de compra a la finalización del contrato de arrendamiento.
  • i) En caso de que la persona solicitante sea persona jurídica, si no tiene obligación de estar inscrita en el Registro mercantil deberá aportar documento de constitución y poder de quien firma la solicitud.

Descarga de Formularios

AMIO Ingenieros le ofrece la experiencia de nuestros expertos en Eficiencia Energética para poner a su alcance las mejores soluciones tecnológicas, a la medida de sus necesidades, incluyendo el diseño del proyecto y la gestión de las ayudas públicas.

A

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Convocada la Línea de Ayudas CHEQUE INNOVACIÓN 2019 en Cantabria

Linea de Subvenciones CHEQUE INNOVACIÓN en Cantabria – Año 2019

 

Orden INN/27/2019, de 5 de abril, por la que se convoca la línea de subvenciones Cheques de Innovación para el año 2019. 

Destinatarios: Pymes o autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica. La relación de actividades incluidas en el sector industrial beneficiarias de la subvención se encuentra en las bases reguladoras publicadas en el BOC nº 72 de 12 de abril de 2018 Orden INN/21/2018, según enlace al final de esta circular.

Ámbito geográfico: Cantabria

Entidad Gestora de la Ayuda: Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio

Plazo de solicitud: Hasta el 30/09/2019

Tipo: Subvención fondo perdido.

Notas:

  • El Crédito total disponible para este ejercicio 2019 es de 400.000 euros.
  • Cuantía máxima de 10.000 euros por solicitud

Servicios y Proyectos Subvencionables

Serán subvencionables los gastos que se realicen desde el 1 de enero de 2018. Todos los gastos deben estar facturados y pagados íntegramente en el momento de la presentación de la solicitud.

Los tipos de servicios y proyectos subvencionables serán los siguientes:

a) Servicios de asesoramiento en I+D+i.

b) Servicios de I+D+i.

c) Servicios de innovación en la gestión y organización.

d) Proyectos piloto para la mejora de productos.

e) Proyectos piloto para la mejora de procesos.

f) Proyectos piloto para la mejora de servicios.

Actuaciones Subvencionables

Serán subvencionares los siguientes tipos de actuación:

– Consultoría y asesoramiento en:

– IECO Innovación y ECO Diseño.

– Implantación de sistemas familia normas UNE 166000.

– Reingeniería de procesos empresariales.

– Planes de innovación.

– Nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0.

– Captación de capital y financiación a la I+D+i.

– Informe técnico para incentivos fiscales y bonificaciones por actividades de I+D+i

– Participación en programas nacionales de ayudas a la I+D+i.

– Capacitación en gestión de la I+D+i.

– Obtención de patentes y registro de marcas.

– Servicios de innovación:

– Estudios de vigilancia tecnológica.

– Estudios de viabilidad de proyectos de innovación.

– Ingeniería y reingeniería de producto.

– Transformación de procesos de fabricación.

– Ensayos y Tests de nuevos prototipos de procesos piloto, nuevos métodos y materiales.

– Aplicación de tecnologías:

– Aplicación de tecnologías facilitadoras (Big data, fabricación aditiva, IoT, ciberseguridad, cloud computing, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, virtualización,  en general.

– Aplicación de las TIC a la salud, alimentación y confort.

– Aplicación de las TIC a la sostenibilidad y medioambiente.

– Aplicación de las TIC a la logística, transporte y distribución.

– Aplicación de las TIC al comercio electrónico.

– Aplicación de las TIC para la apertura de canales y contenidos avanzados (APPS, ecommerce, medios de pago).

Otros datos de interés

  • La subvención máxima concedida será de 10.000 € por solicitud.
  • Las inversiones deberán realizarse y estar ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Actuaciones NO SUBVENCIONABLES

En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables las siguientes:

– Creación de páginas Web.

– Licencias de software de gestión y organización.

– Hardware.

– Asesoramiento en gestión y actividades habituales en la empresa.

– La formación.

– Los estudios de mercado.

– Los estudios de normalización (excepto familia normas UNE 166000).

– Las pruebas y certificaciones de calidad.

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Convocadas las ayudas a la Distribución Comercial Minorista en Cantabria para el año 2019.

Subvenciones al sector de la distribución comercial minorista en Cantabria – Año 2019
Línea de subvenciones destinada a las inversiones tanto a la realización de obras como a la adquisición de equipamiento, incluyendo todos los posibles conceptos de inversión para la adecuación y renovación de las empresas comerciales minoristas y las de servicios complementarios al comercio de Cantabria.

La línea de subvenciones para el sector de la distribución comercial minorista en Cantabria tiene como finalidad incentivar las siguientes inversiones en los establecimientos comerciales minoristas y de las empresas de servicios complementarios al comercio de Cantabria:

  1. Realización de obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público o de prestación del servicio.
  2. Realización de obras para eliminar barreras arquitectónicas en estos establecimientos que faciliten el acceso para las personas con movilidad reducida.
  3. Adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, relacionados con la actividad desarrollada, que deberá ser una de las previstas en los puntos 1 y 2 del apartado cuarto de la Orden, para su utilización en el propio establecimiento y la adquisición de remolques-tienda y camiones-tienda por comerciantes ambulantes.
  4. Instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales.
  5. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación. Serán subvencionables los siguientes conceptos:
    1. La adquisición del siguiente equipamiento: ordenadores de sobremesa, terminales de punto de venta, impresoras, lectores de código de barras y demás elementos periféricos de los ordenadores.
    2. Equipos de red informática.
    3. Programas informáticos destinados a registro de compras y ventas, facturación, gestión y aquéllos que tengan como finalidad favorecer la actividad comercial o de prestación de servicios y la seguridad de la información, tales como Integrados de Gestión (ERP), de Clientes (CRM), Financiera y de Tesorería, etc., debiéndose describir en la memoria sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada.
    4. Los gastos de desarrollo de páginas web, al menos con catálogo de producto, y de desarrollo de sistemas de comercio electrónico. En la memoria se describirán los contenidos y las funcionalidades de la página web y, en su caso, los servicios de comercio electrónico que presta (buscador de productos, recogida de pedidos, sistema de pago, etc.)

Serán también subvencionables los costes de ampliación de páginas existentes siempre que supongan un avance significativo sobre las prestaciones contempladas inicialmente. En la memoria deberán describirse los nuevos contenidos, funcionalidades o servicios que se amplían respecto a las anteriores prestaciones.

E. Desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles que vayan orientadas a la captación de clientes (sistemas promocionales, notoriedad de marca, realidad aumentada, sistemas de geo-referencia…).

También serán subvencionables los costes de implantación de los servidores soporte de estos servicios, así como la adecuación de las páginas web y/o comercio electrónico existentes para el soporte de estos dispositivos móviles.

En general, deberá justificarse cada servicio en la memoria mediante una breve descripción del mismo.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las pequeñas empresas comerciales o de prestación de servicios complementarios al comercio cuyo establecimiento, objeto de la inversión, se encuentre radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y siempre que su actividad principal se encuentre incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

  • Agrupación 64: Todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes).
  • Agrupación 65: Todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes).
  • Grupo 661: Epígrafe 661.3. (Comercio en almacenes populares).
  • Grupo 662: Todos los epígrafes. (Comercio mixto o integrado al por menor).
  • Grupo 663: Todos los epígrafes (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente).
  • Grupo 691: Epígrafes 691.1 (Reparación de artículos eléctricos para el hogar) y 691.9 (Reparación de otros bienes de consumo).
  • Grupo 856: Todos los epígrafes. (Alquiler de bienes de consumo).
  • Grupo 971: Todos los epígrafes. (Lavanderías, tintorerías y servicios similares).
  • Grupo 972: Todos los epígrafes. (Salones de peluquería e institutos de belleza).
  • Grupo 973: Epígrafes 973.1 (Servicios fotográficos) y 973.3 (Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras).
  • Grupo 975: Todos los epígrafes. (Servicios de enmarcación).

Costes subvencionables

Las subvenciones previstas en esta convocatoria podrán alcanzar hasta el 30% de los gastos subvencionables del proyecto de inversión, con carácter general, y hasta el 35% en el caso de que la empresa solicitante se encuentre adherida a la Junta Arbitral de Consumo y acredite pertenecer como miembro de pleno derecho a alguna asociación de comerciantes debidamente registrada en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y hasta una cantidad máxima de 6.000 € por beneficiario.

Los gastos subvencionables en concepto de instalación y configuración del equipamiento informático tendrán un límite de 300 € por establecimiento.

Plazo y Lugar de Presentación

Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y terminará el 15 de mayo de 2019.

Presencialmente:

En el Registro Delegado de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, C/Albert Einstein, 4 – 3ª Planta (PCTCAN) de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Electrónicamente:

A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es«.

Registro Electrónico Común

Para más información sobre el funcionamiento del registro electrónico puede descargarse este manual o ponerse en contacto con el teléfono de Información Administrativa 012

Documentación a presentar

Para concurrir a la convocatoria será necesario presentar solicitud, suscrita por el representante legal de la entidad solicitante, debiendo acompañar la siguiente documentación:

  1. En el supuesto de personas jurídicas, escritura de constitución de la sociedad y modificaciones posteriores, así como copia del poder acreditativo.
  2. Para otras entidades, Estatutos, y acreditación de su inscripción en el registro correspondiente, así como copia del poder acreditativo.
  3. Memoria descriptiva del proyecto de inversión. En ella se desglosarán, cuando proceda, las distintas actuaciones subvencionables según lo dispuesto en el resuelvo tercero apartado 1 y con las especificaciones señaladas en el mismo para las referidas en el párrafo e) del resuelvo tercero apartado 1 para incorporación de nuevas tecnologías e innovación.
  4. Facturas originales justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la empresa solicitante de la subvención en fecha comprendida entre el 16 de mayo de 2018 y el 15 de mayo de 2019.Dichas facturas deberán presentarse con la suficiente desagregación para determinar el carácter subvencionable de los conceptos relacionados en ellas. La relación de facturas irá adjunta al Anexo V, comprensivo de la cuenta justificativa, en el que deberá incluir una declaración justificativa de las actividades realizadas y del coste de las inversiones, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos por la actuación subvencionada, indicándose el concepto, la fecha y número de la factura o documento correspondiente, su importe y fecha de pago y los datos identificativos de su expedidor (nombre y NIF/CIF).
  5. Justificantes de pago total de las facturas, abonados por la empresa solicitante de la subvención en fecha comprendida entre el 16 de mayo de 2018 y el 15 de mayo de 2019.
  6. En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero o «leasing» se deberá presentar el contrato completo, incluida la factura o anexo que identifique totalmente el concepto, los justificantes de pago hasta la fecha y una declaración responsable ante la Consejería de quien ostente la representación legal de la empresa comprometiéndose a ejercer la opción de compra a la finalización del contrato de arrendamiento.
  7. En su caso, documento de adhesión a la Junta Arbitral de Consumo (Anexo IV), para las entidades no inscritas, y certificado de pertenencia a la Asociación de Comerciantes inscrita en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  8. Declaración expresa responsable suscrita por el solicitante de no haber solicitado y/o recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo proyecto o actividad objeto de la solicitud, haciendo constar también, en su caso, otras ayudas solicitadas y/o recibidas para el mismo proyecto de la solicitud, o todas las demás ayudas de mínimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, consignando el organismo o Administración otorgante, fecha de solicitud o concesión y su importe, a efectos de lo previsto en el resuelvo quinto apartado 4 (incluida en Anexo II, de solicitud).
  9. Declaración responsable acerca de la veracidad de los datos consignados en la solicitud, relativos a la titularidad de una cuenta bancaria y los dígitos de ésta (incluido en Anexo II de solicitud).
  10. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones determinadas en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y de tener la consideración de pequeña empresa, conforme a los requisitos establecidos en el resuelvo cuarto apartado 4 de esta Orden. (incluido en Anexo II).

Descarga de Formularios

  • ANEXO I – SOLICITUD (1 mb) ANEXO I
  • ANEXO II – DECLARACION RESPONSABLE (916 kb) ANEXO II
  • ANEXO III – AUTORIZACION S.S. (1,1 Mb) ANEXO III
  • ANEXO IV – COMPROMISO ADHESION (367 kb) ANEXO IV
  • ANEXO V – DECLARACION FACTURAS (915 kb) ANEXO V

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Se anuncia a nivel nacional a Santillana del Mar como Municipio Cardioprotegido

Fuente: desfibrilador.com

El pueblo cántabro de Santillana del Mar ha incorporado desfibriladores DOC dentro su programa para convertirse en Santillana del Mar Destino Turístico Inteligente.

Esta iniciativa se incluye a la lista de acciones que ya se están realizando con el objetivo de convertir a Santillana del Mar en un municipio más conectado y accesible.

La red de desfibriladores inteligentes incluye por el momento tres equipos instalados, dos de ellos gracias a la colaboración de la empresa Amio e Iberpark. Uno de ellos en la sede del ayuntamiento, otro en el CEIP Santa Juliana y otro en el aparcamiento de la Plaza del Rey. En un futuro se instalarán otros 7 desfibriladores que se instalarán en puntos estratégicos de la ciudad. 

Santillana del Mar también ha iniciado actuaciones del Espacio Integrado Inteligente (E.E.I), en las que se incluyen aplicaciones para conocer la gastronomía y la información turística, aplicación y plataforma para contactar de forma más directa con el ayuntamiento, WiFi gratuito y otros proyecto de mejora.

Santillana del Mar estrena su Red Wifi gratuita por todo el Casco Histórico de La Villa

Se han instalado ocho puntos de conexión con un ancho de banda de 40 MB por cada punto y una capacidad conexión de 200 MB

El alcalde de Santillana del Mar, Isidoro Rábago, acompañado del teniente alcalde, Ángel Rodríguez Uzquiza, del concejal de medio ambiente, Miguel Ángel Viaña y del representante de la empresa Amio Ingenieros, Héctor Traspuesto, han anunciado en el día de hoy la puesta en marcha de la red de conexión wifi gratuita en todo el casco histórico de la villa románica, una iniciativa encuadrada en el plan director de Destino Turístico Inteligente que se ha implantado en el municipio.

Rábago ha insistido en su idea de que “con la implantación de esta red wifi, Santillana se convierte en una villa medieval con tecnología del siglo XXI, que va a facilitar a todos sus visitantes un servicio que hoy por hoy es imprescindible y que refuerza la apuesta de este equipo de gobierno por las nuevas tecnologías”.

La nueva red wifi dará cobertura prácticamente a todo el casco histórico de Santillana del Mar ya que la cobertura se ha repartido en ocho puntos de conexión en los lugares neurálgicos del núcleo urbano como la Plaza del Rey, el Parque de la Robleda, la Plaza Mayor, La plaza del Abad Francisco Navarro, Museo Jesús Otero, Plaza de las Arenas, aparcamiento de Rolaceña y oficina de turismo.

Según ha explicado el concejal de medio ambiente Miguel Ángel Viaña “cada uno de los ocho puntos de conexión cuenta con un ancho de banda de 40MB, que puede dar cobertura a 350 usuarios al mismo tiempo con una capacidad de conexión de 200MB y con un límite de una hora de tiempo por usuario”.

Por su parte el teniente alcalde, Ángel Rodríguez Uzquiza ha destacado que “ahora empezamos a ver el fantástico trabajo que hemos realizado con el plan director de Destino Turístico Inteligente (D.T.I.), que dota a Santillana de unos servicios modernos y eficaces, al servicio de nuestros vecinos y visitantes”.

Rodríguez Uzquiza además ha puesto en valor “el magnífico trabajo que se ha realizado por parte de la empresa NETCAN, encargada de la instalación y AMIO INGENIEROS, responsables del diseño y puesta en marcha del plan director de Destino Turístico Inteligente, gracias a la colaboración del equipo de gobierno con ambas empresas, el futuro ya es una realidad en Santillana del Mar”.

AMIO México participará en el Congreso Internacional de Regidores y Concejales impartiendo la ponencia de cierre.

El CEO de AMIO Ingenieros en México, César Castresana, impartirá la ponencia «Ciudades Inteligentes» en el marco del Congreso Internacional de Regidores y Concejales, cuya ficha es la siguiente:

Fecha: 3, 4 y 5 de Abril del 2019.

Lugar: Hotel Seadust Cancún Family Resort, Cancún, México.

Horarios: De 9am a 2pm.

Objetivo: Fomentar el buen Gobierno, compartir experiencias y fortalecer los Gobiernos locales.

Dirigido a: Los países invitados son España, Panamá, Colombia, Chile, Argentina, Perú, Guatemala, Ecuador, Honduras, Bolivia, El Salvador, Uruguay, Paraguay, Costa Rica, República Dominicana, Puerto Rico y México.

Los asistentes tendrán la oportunidad de conocer los avances de los proyectos de Ciudades Inteligentes y Destinos Turísticos Inteligentes que AMIO desarrolla en México.

El programa de ponencia y mesas de trabajo es el siguiente: