Esquema Nacional de Seguridad - EnS

Base Legal del Esquema Nacional de Seguridad – EnS

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos estableció el Esquema Nacional de Seguridad.

Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, tiene por objeto determinar la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos en su ámbito de aplicación y estará constituido por los principios básicos y requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, recoge el Esquema Nacional de Seguridad en su artículo 156 apartado 2 en similares términos.

Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre, Modificación del Esquema Nacional de Seguridad, en respuesta a la evolución del entorno regulatorio, en especial de la Unión Europea, de las tecnologías de la información y de la experiencia de la implantación del Esquema.

Te explicamos de una forma sencilla lo que implica

Relación entre el Esquema Nacional de Seguridad y otros Entornos Normativos

importancia_de_proteger_la_informacion_sgsi_iso27001_ENS

¿Quiénes tienen la Obligación de implantar el Esquema Nacional de Seguridad?

1. La Administración General del Estado.

2. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

3. Las Entidades que integran la Administración Local.

4. El sector público institucional.

En AMIO INGENIEROS ponemos a disposición de llas Entidades (Públicas y Privadas), un equipo especializado en el Diseño e Implantación de Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información – SGSI – conforme a la Norma ISO 27001:2013, así como en el Esquema Nacional de Seguridad

Si desea más INFORMACIÓN, puede ponerse en contacto con AMIO INGENIEROS cumplimentando el siguiente formulario de contacto